Tesis profesional presentada por
Licenciatura en Derecho con especialidad en Derecho Fiscal. Departamento de Derecho. Escuela de Ciencias Sociales, Universidad de las Américas Puebla.
Jurado Calificador
Presidente y Director: Dr. Moisés Romero
Beristain
Cholula, Puebla, México a 12 de mayo de 2003.
El Estado Mexicano necesita obtener y recaudar los recursos necesarios para poder satisfacer las necesidades de la sociedad y esto lo hace a través de la imposición de contribuciones, las cuales son establecidas por el Congreso de la Unión a cargo de los mexicanos, quienes al encuadrar en la hipótesis normativa, es decir, en el hecho generador, les surge la obligación de contribuir al gasto público de una manera proporcional y equitativa, conforme a lo que establece el artículo 31, fracción IV Constitucional.
Por otra parte, toda contribución debe estar contenida en la Ley de Ingresos de la Federación para poder cobrarse, además de estimarse el ingreso que el Estado va a percibir respecto de cada una de ellas, puesto que de esta manera, se cumple también con el propósito, legalidad y destino que sustenta la existencia de las mismas. Dentro de estas contribuciones destacan lo que son los impuestos, ya que de ellos se capta una gran mayoría de recursos, en especial de aquellos como el Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado; no obstante con ello, para el 2002, el Estado crea un nuevo impuesto denominado Impuesto Sustitutivo al Crédito al Salario.
Como sabemos todo impuesto debe cumplir con los elementos de sujeto, objeto, base, tasa y época de pago pero en especial, respetar los principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad, equidad y destino para así, no afectar las garantías individuales de las que goza todo contribuyente.
El impuesto sustitutivo del crédito al salario tiene por objeto gravar las erogaciones que efectúen los patrones o empleadores por la prestación de trabajos personales subordinadas, de tal forma que los sujetos que resultan afectados por dicho impuesto son los patrones.
La tasa del impuesto es del 4% sobre el total de erogaciones efectuadas por trabajos presonales subordinados y la época de pago es annual.
Por tanto, el propósito de mi trabajo es analizar y demostrar la inconstitucionalidad del Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario, ya que violenta los principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad, equidad y uso o destino al gasto público consgrados en el artículo 31, fracción IV Constitucional.
Introducción (archivo pdf, 29 kb)
Capítulo 1. Proyecto jurídico (archivo pdf, 73 kb)
Capítulo 4. Análisis del impuesto sustitutivo del crédito al salario (archivo pdf, 202 kb)
Capítulo 7. Conclusiones (archivo pdf, 76 kb)
Capítulo 8. Propuestas (archivo pdf, 52 kb)
Taja Domínguez, Y. 2003. La Inconstitucionalidad del Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario. Tesis Licenciatura. Derecho con especialidad en Derecho Fiscal. Departamento de Derecho, Escuela de Ciencias Sociales, Universidad de las Américas Puebla. Mayo. Derechos Reservados © 2003.